Criterios y calendario de inscripción en la Lista del Patrimonio Cultural Inmaterial que requiere medidas urgentes de salvaguardia
- Criterios de inscripción en la Lista de Salvaguardia Urgente
- Calendario y procedimientos de inscripción
Los criterios y los procedimientos de inscripción en las dos Listas en la Convención fueron revisados por la Asamblea General en junio de 2012. Favor consultar las Directrices operativas y el formulario de candidatura correspondiente (véase la página de formularios) para una presentación completa de los procedimientos.
Criterios de inscripción en la Lista de Salvaguardia Urgente
En los expedientes de candidatura, se requerirá al(los) Estado(s) Parte(s) solicitante(s) o, en caso de extrema urgencia, a (los) solicitante(s), que demuestren que el elemento propuesto para una inscripción en la Lista de salvaguardia urgente reúne todos los criterios siguientes:
- U.1 El elemento es patrimonio cultural inmaterial, tal y como lo define el Artículo 2 de la Convención.
- U.2
- a. El elemento requiere medidas urgentes de salvaguardia porque su viabilidad corre peligro a pesar de los esfuerzos de la comunidad, el grupo o, si procede, los individuos y Estado(s) Parte(s) interesados;
(o) - b. El elemento requiere medidas de salvaguardia de extrema urgencia porque se enfrenta a graves amenazas debido a las cuales no cabe esperar que subsista sin las correspondientes medidas inmediatas de salvaguardia.
- a. El elemento requiere medidas urgentes de salvaguardia porque su viabilidad corre peligro a pesar de los esfuerzos de la comunidad, el grupo o, si procede, los individuos y Estado(s) Parte(s) interesados;
- U.3 Se elaboran medidas de salvaguardia que podrían permitir a la comunidad, el grupo o, si procede, los individuos interesados seguir practicando y transmitiendo el elemento.
- U.4 La propuesta de inscripción del elemento se ha presentado con la participación más amplia posible de la comunidad, el grupo o, si procede, los individuos interesados y con su consentimiento libre, previo e informado.
- U.5 El elemento figura en un inventario, del patrimonio cultural inmaterial presente en el(los) territorio(s) del(los) Estado(s) Parte(s) solicitante(s), en el sentido del Artículo 11 y Artículo 12 de la Convención.
- U.6 En casos de extrema urgencia, se ha consultado a(l)(los) Estado(s) Parte(s) interesado(s) acerca de la inscripción del elemento con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 3 del Artículo 17.
Calendario y procedimientos de inscripción
Fase 1: Preparación y envío
- 31 de marzo del año 0
- Fecha límite para solicitar asistencia preparatoria para la elaboración de las candidaturas.
- 31 de marzo del año 1
- Fecha límite en que las propuestas de inscripción deberán obrar en poder de la Secretaría. Las propuestas que se reciban después de esa fecha se examinarán en el ciclo siguiente.
- 30 de junio del año 1
- Fecha límite en que la Secretaría habrá tramitado las propuestas de inscripción, comprendido el registro y el acuse de recibo. Si se estima que una propuesta es incompleta, se invitará al Estado Parte a que la complete.
- 30 de septiembre del año 1
- Fecha límite en que el Estado Parte facilitará a la Secretaría la información faltante que se precise para completar la propuesta de inscripción, de ser necesario. Las propuestas incompletas podrán completarse para el ciclo siguiente.
Fase 2: Evaluación
- Diciembre año 1– mayo año 2
- Evaluación de propuestas por el Órgano consultivo.
- Abril -junio año 2
- Reunión de evaluación final por el Órgano consultivo .
- Cuatro semanas antes de la reunión del Comité
- La Secretaría transmite los informes de evaluación a los miembros del Comité Los expedientes presentados y los informes de evaluación también se pondrán a disposición en línea para que los Estados Partes los consulten.
Fase 3: Examen
- Noviembre del año 2
- El Comité examina las propuestas de inscripción y adopta sus decisiones.