Procedimiento de selección de las solicitudes de financiación

- Paso 1: Las Comisiones Nacionales deben diseminar la convocatoria de solicitudes de financiación a través de su redes y deben establacer una fecha límite para la recepción de solicitudes. Los solicitantes deben presentar sus solicitudes a sus respectivas Comisiones Nacionales para la UNESCO o a otros cauces oficiales designados por las Partes.
- Paso 2: La Comisiones Nacionales llevarán a cabo un primer examen para verificar que las solicitudes sean relevantes, satisfagan las necesidades y prioridades de los países, además de que sean viables y que hayan consultado a todas las partes interesadas. Seguidamente, deberán seleccionar un máximo de cuatro solicitudes de financiación (dos máximo de autoridades públicas y dos máximo de ONG) y transmitirlas al Secretariado de la UNESCO, basándose en el examen previamente realizado y usando el formulario de Examen de la Comisión Nacional para la UNESCO.
- Paso 3: Una vez recibidos los Formularios de Solicitud preseleccionados, debidamente acompañados por los documentos justificativos y los Formularios de Examen de la Comisión Nacional para la UNESCO, el Secretariado de la UNESCO realizará un examen técnico para verificar que las solicitudes están completas, se ajustan al área de intervención del FIDC y que son, por lo tanto, elegibles. Una vez realizado este examen técnico, el Secretariado de la UNESCO informará a las Comisiones Nacionales si las solicitudes de su país van a ser evaluadas por el Panel de Expertos o si han sido consideradas inelegibles. Posteriormente, las Comisiones Nacionales informarán a los solicitantes sobre el estatus de las solicitudes.
Únicamente las OING podrán presentar un máximo de dos solicitudes directamente al Secretariado de la UNESCO, el cual llevará a cabo un examen técnico para asegurarse de que las solicitudes están completas, se ajustan al área de intervención del FIDC y son, por tanto, elegibles. El Secretariado de la UNESCO informará a los solicitantes sobre el estatus de las solicitudes. - Paso 4: Todas las solicitudes de financiación elegibles serán evaluadas por un panel internacional formado por seis expertos, provenientes de todas las regiones y nombrados por el Comité Intergubernamental en Diciembre de 2009. Cada solicitud será evaluada por dos miembros del Panel de Expertos, basándose en los criterios establecidos para el FIDC.
- Paso 5: Las recomendaciones finales del Panel de Expertos serán comunicadas al Comité Intergubernamental, el cual tomará la decisión final relativa a las solicitudes que recibirán financiación del FIDC durante su reunión ordinaria a finales de 2013.
Tal y como se decidió en la cuarta reunión ordinaria del Comité Intergubernamental en Diciembre de 2010, el Comité sólo podrá seleccionar un proyecto por beneficiario (Parte, ONG, OING) para recibir financiación del FIDC.
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