Teniendo en cuenta que el PHI es un programa intergubernamental, los Comités Nacionales fueron creados por los respectivos gobiernos. Allí donde no se ha establecido ningún Comité Nacional, se ha identificado un Punto Focal o un Corresponsal Nacional a través de una organización o individuo que canaliza la información del PHI hacia y desde el país.
La composición del Comité Nacional puede variar de un país a otro; sin embargo, el Consejo del PHI recomienda que la composición incluya organismos oficiales de hidrología y recursos hídricos, personas privadas, facultades y departamentos universitarios, institutos de investigación, organismos de asesoramiento y sociedades especializadas y académicas.
Los Comités Nacionales desempeñan una función esencial en la ejecución del PHI. Estas funciones difieren de un país a otro y dependen de las capacidades nacionales y de la estructura institucional existente para la realización de los estudios hidrológicos y la gestión de los recursos hídricos.
Los Comités Nacionales han de presentar informes escritos sobre sus actividades en el marco del PHI. Estos Informes Nacionales se someten al Consejo Intergubernamental del PHI y abarcan las actividades del período comprendido entre las sesiones del Consejo. El Consejo ha iniciado recientemente un debate sobre el mandato y el funcionamiento de los Comités Nacionales.
Consejo Intergubernamental
El Consejo Intergubernamental es un órgano subsidiario de la Conferencia General de la UNESCO. Los Estatutos del Consejo fueron aprobados por la Conferencia General de la UNESCO en su 18ª Sesión y corregida en sus 20ª, 21ª, 23ª, 27ª y 28ª sesiones. Además, el Consejo adoptó su propio reglamento.
La función directiva del Consejo consiste en planificar, definir las prioridades y supervisar la ejecución del PHI. El Consejo está integrado por 36 Estados Miembros de la UNESCO, elegidos por la Conferencia General en sus reuniones ordinarias bianuales, atendiéndose una distribución geográfica equitativa y la adecuada rotación de los representantes de los Estados Miembros. El mandato de los miembros del Consejo dura cuatro años, pudiendo éstos ser reelegidos. Con objeto de que haya continuidad, cada dos años se elige únicamente a la mitad de los miembros, de modo que, en cada bienio, la mitad sean nuevos y la otra mitad ya cuente con la debida experiencia.
El consejo se reúne normalmente en sesión plenaria una vez cada dos años. Las sesiones extraordinarias se pueden convocar bajo las condiciones especificadas en las Reglas de procedimiento.
La Mesa del Consejo Intergubernamental del PHI coordina la labor del Consejo en los períodos entre una reunión y otra. Lo forman el Presidente, cuatro Vicepresidentes y el último Presidente como miembro ex-oficio.
[Más información sobre la composición del Consejo Intergubernamental y su Mesa (en inglés - PDF)]
Oficinas Regionales
Las Oficinas Regionales de la UNESCO, antes denominadas Oficinas Regionales para la Ciencia y la Tecnología (ROST), son responsables de la puesta en marcha del Programa a nivel regional. En las regiones respectivas, los hidrólogos representan al PHI para todas las cuestiones relativas al Programa a nivel tanto regional como nacional. Varios puestos de hidrólogos han sido creados en las oficinas de el Cairo (Estados Arabes), Yakarta (Asia Sudoriental y Pacífico), Montevideo (América Latina y el Caribe), Nairobi (Africa), Nueva Delhi (Asia Central y Meridional) y Venecia (Europa).
Secretaría
La UNESCO, a través de su División de Ciencias del Agua, acoje la Secretaría del Consejo Intergubernamental del PHI. Esta cuenta con un personal de 10 profesionales en la Sede.