Artículo

Opinión: Justicia Abierta y Tribunales Internacionales: El caso de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

El principio de justicia abierta, comprendido como un espacio para acrecentar la transparencia y el acceso a la información de los Tribunales Nacionales e Internacionales, es una oportunidad para quienes nos dedicamos a la defensa y protección de los derechos humanos. En un mundo cada vez más hiper-conectado, tenemos la oportunidad de construir puentes que, en vez de dividirnos, nos conecten por causas comunes que nos permitan vivir mejor como sociedad. La defensa de los derechos humanos puede ser una de las causas comunes en que nuestros países puedan encontrar puntos de cooperación que refuercen el multilateralismo.

¿Cómo podemos aportar a la construcción de esos puentes que nos conecten aún más? Las tecnologías de información y comunicación se convierten en una oportunidad para ello. El concepto de gobierno abierto busca promover todo tipo de espacios de transparencia en los organismos del Estado, lo que incluye además a las autoridades judiciales.

Por cierto, eso también comprende a los organismos internacionales, en especial instituciones como la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La independencia judicial está vinculada a la construcción de espacios de mayor transparencia que aseguren, tanto al juez, pero especialmente a la ciudadanía, que no hay ni habrá otro criterio más que el de la obtención de justicia, en el trabajo independiente e imparcial de Jueces y Juezas.

Debemos reflexionar sobre lo que hacen y deben hacer los sistemas judiciales para que su función sea cada vez más abierta, transparente, participativa y colaborativa y mejorar el acceso a la justicia de todas las personas especialmente las más vulnerables. Así como también, sobre lo que como sociedad civil y academia hemos estado haciendo o desearíamos promover para promover la apertura del Poder Judicial en nuestros países.

La participación y colaboración de la ciudadanía en el quehacer de la Justicia, potencia la eficacia y eficiencia en los procesos administrativos y jurisdiccionales.

Desde nuestra gestión en la Corte Interamericana de Derechos Humanos hemos trabajado para promover instancias de transparencia activa en nuestro accionar. En el entendido que es muy importante que las y los ciudadanos de América Latina y el Caribe tengan las herramientas necesarias para realizar un seguimiento activo respecto a las actividades que realiza nuestra Corte.

Eso se traslada a acciones concretas que nos permitan tener una mayor y mejor conexión con la ciudadanía, dentro de las acciones se cuentan:

a) Creación del Portal Interamericano de Derechos Humanos, un espacio web que reúne toda la jurisprudencia de la Corte Interamericana, tanto las sentencias, los casos en trámite, las medidas provisionales, las acciones de supervisión de cumplimiento, así como las opiniones consultivas, entre otras acciones.

b) Estrategia de comunicación activa en redes sociales, compartiendo de manera cotidiana las acciones que la Corte Interamericana viene llevando adelante tanto en Facebook, Twitter, Instagram, YouTube como Linkedin.

c) Creación de la serie #ABCDERECHOS que permite explicar de manera didáctica cómo funciona el Sistema Interamericano de Derechos Humanos a la población.

d) Creación de Infografías sobre la Jurisprudencia más relevante de la Corte Interamericana.

e) Capacitación a Periodistas y promoción del trabajo periodístico sobre el Sistema Interamericano a través de la creación de una Red.

f) Estrategia de Datos Abiertos respecto a la Jurisprudencia de la Corte Interamericana, así como un especial énfasis en la visualización de datos vinculados al trabajo de la Corte.

g) Instancias de Diálogo entre la Corte Interamericana con organizaciones de la sociedad civil y la academia, a través de distancias como Webinars, Ciclos de Conferencias, entre otras actividades abiertas a la ciudadanía.

h) Streaming (transmisión en vivo) y celebración de Audiencias Virtuales a distancia que faciliten el contacto.

Mediante un uso intensivo de las tecnologías de información y comunicación tenemos la capacidad de poder mantener espacios que nos permitan poder abrir el trabajo de la Corte Interamericana hacia el escrutinio ciudadano. Permitiendo un mayor diálogo que permita que las instituciones de justicia, tanto a nivel nacional como internacional, comprendan más respecto a lo que sucede en la sociedad; pero, por otro lado, facilitando que la ciudadanía comprenda de mejor manera qué es lo que sucede en la Corte.

En la Corte IDH tenemos claro que la legitimidad del Sistema Interamericano de Derechos Humanos se construye a partir del conocimiento por la ciudadanía de los fallos y decisiones que se dictan continuamente, sus fundamentos y conclusiones.

La propagación de la desinformación y la difusión de noticias que no se corresponden a la realidad afecta particularmente a quienes trabajamos en la defensa de los derechos humanos. Por ello la construcción de espacios de difusión y diálogo con la ciudadanía se constituyen en un aporte fundamental al combate a la desinfodemia que hoy padecemos.

En el Día Internacional del Acceso a la Información Pública recordamos que la defensa de los derechos humanos en el Sistema Interamericano pertenece a toda la ciudadanía, y por ello, se ve beneficiada con un sistema de comunicación de puertas abiertas.

Desde el caso Claude Reyes vs. Chile la Corte IDH ha desarrollado el acceso a la información pública como un derecho en sí mismo y un mecanismo de control ciudadano del poder. El principio es la publicidad y la excepción es la reserva. La publicidad impide la corrupción y el oscurantismo de los gobiernos.

Como sostiene la Corte IDH

“En una sociedad democrática los derechos y libertades inherentes a la persona, sus garantías y el Estado de Derecho constituyen una tríada (cada elemento) se define, completa, y adquiere sentido en función de los otros” OC 8/87 y 18/03.

Los términos empleados en esta publicación y la presentación de los datos que en ella aparecen no implican toma alguna de posición de parte de la UNESCO en cuanto al estatuto jurídico de los países, territorios, ciudades o regiones ni respecto de sus autoridades, fronteras o límites. Las ideas y opiniones expresadas en esta columna de opinión son las de los autores y no reflejan necesariamente el punto de vista de la UNESCO ni comprometen a la Organización.