Acreditación de ONG para ejercer funciones consultivas ante el Comité
Las organizaciones no gubernamentales que responden a los criterios de acreditación que se refieren al párrafo 91 de las Directivas operacionales pueden hacer una solicitud de acreditación a la Asamblea General para asegurar funciones consultivas en el Comité.
Las organizaciones no gubernamentales interesadas deben proporcionar todas las informaciones requeridas al párrafo 97 de estas Directivas operacionales y utilizar el formulario estándar ICH-09 para someter su solicitud. Se debe redactar las solicitudes en inglés o en francés, son los idiomas de trabajo del Comité.
Las solicitudes de acreditación pueden estar sometidas en cualquier momento. Durante la octava sesión (Bakú, Azerbaiyán, diciembre de 2013), el comité examinará las solicitudes debidamente completadas recibidas a más tardar el 31 de mayo de 2013. Toda solicitud de acreditación recibida después de esta fecha será examinada por el Comité durante la sesión siguiente.